#SAT Sobre #pérdidasfiscales, ha sido tema de debate en el foro, la posible retroactividad del Art 69-B Bis del #CFF que permite al #SAT presumir como una transmisión indebida de pérdidas fiscales, en contextos de #reestructuraciones, #escisiones o #fusiones de empresas, o bien, en cambios de accionistas, y como consecuencia de ello, dicho contribuyente dejó de formar parte de ese grupo empresarial.
Al respecto la Segunda Sala de la #SCJN resolvió sostener la validez de dicho numeral y negar el amparo a un contribuyente a quien se le negó el derecho de haber adquirido ciertas pérdidas fiscales.
Entre otras cuestiones, en una votación dividida la #SCJN consideró que el derecho a disminuir dichas pérdidas pudo generarse antes de la entrada en vigor de la norma, pero ello no significa que el procedimiento de revisión previsto en la Ley, incida o tenga efectos hacia el pasado, porque sólo se establece la facultad de la autoridad para presumir que se transmite indebidamente ese derecho a otra persona, y esa presunción opera respecto de acontecimientos ocurridos a partir del inicio de su vigencia.
Cabe recordar que la facultad de presunción del #SAT admite prueba en contrario.
Además, sobre el caso presentado a la #SCJN consideramos que no abarcó todos los aspectos que pueden darse en este tipo de operaciones de #reestructuraciones, #escisiones o #fusiones, por lo que consideramos que es posible un nuevo análisis cuando las circunstancias del caso y los hechos sean diversos a los que fueron materia de la litis.